jueves, 7 de noviembre de 2013

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 19/08/2011

Cidh ordena reintegrar a Mercedes Chocrón
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Costa Rica, ordenó al Estado venezolano restituir a la jueza Mercedes Chocrón, quien fue destituida en 2003 sin oportunidad de apelar, tras conocer el caso de un exmilitar disidente.
“El Estado debe reincorporar a la señora Chocrón en el plazo máximo de un año a partir de la notificación de esta sentencia, a un cargo similar al que desempeñaba, con la remuneración, beneficios sociales y rango equiparables a los que le corresponderían el día de hoy si hubiera sido reincorporada en su oportunidad”, indica el fallo publicado hoy por la Corte en su página web.
La sentencia, con fecha del 1 de julio pasado, afirma que el Estado violó los derechos de Chocrón a ser escuchada, con sus debidas garantías, por un juez imparcial y a presentar un recurso sencillo y rápido ante un juez competente para apelar la destitución.
Chocrón ejercía el cargo de jueza de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El último caso en el que Chocrón trabajó fue la notificación de medidas cautelares a favor del exgeneral de la Guardia Nacional venezolana Carlos Alfonso Martínez, uno de los oficiales rebeldes que ocuparon en 2002 la plaza Altamira de Caracas para provocar la caída del presidente Hugo Chávez.
La exjueza afirmó durante la audiencia de este caso, celebrada en febrero pasado en la sede de la Corte en Costa Rica, que por estar de guardia ella tuvo que notificar sobre las medidas cautelares dadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para Martínez.
Aseguró que “inmediatamente después” el presidente del circuito judicial al que pertenecía le notificó un fax donde se dejaba sin efecto el cargo asignado a su persona sin explicaciones. 
En este sentido, el fallo de la Corte asegura que “el Estado incumplió con su deber de motivar la decisión que dejó sin efecto el nombramiento de Chocrón y, en consecuencia, con su obligación de permitir una defensa adecuada que le otorgara la posibilidad de controvertir las observaciones efectuadas en su contra, todo lo cual vulnera las debidas garantías”.
La Corte también ordenó a Venezuela adecuar su legislación interna con la Convención Americana de los Derechos Humanos para evitar la repetición de actos similares al de Chocrón.
“Ello implica la modificación de las normas y prácticas que consideran de libre remoción a los jueces provisorios o temporales y el respeto pleno de las garantías judiciales y demás derechos para este tipo de jueces”, señala el fallo.
La sentencia agrega que debe existir “un proceso en el que la persona involucrada pueda ejercer su derecho de defensa, se cumpla con la obligación de motivar la decisión y pueda acceder a un recurso efectivo, garantizando la permanencia debida en el cargo”.
El Estado también deberá indemnizar a Chocrón con 50.000 dólares por daño material, 10.000 dólares por daño inmaterial y deberá pagar costos y gastos del proceso por 18.000 dólares.


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