jueves, 1 de octubre de 2015

La   ética, los derechos y la justicia
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Julio De Zan


Si se consulta la literatura sobre la dimensión ética de la función judicial se puede comprobar que no existe un acuerdo sobre los contenidos que deben ser incluidos en este rubro. Pero también se puede observar que en esta literatura y en los códigos de ética judicial que se han dictado en diferentes países se encuentran superpuestas, o imbricadas, pero no claramente diferenciadas, distintas capas de normatividad moral que suelen ser objeto de un tratamiento diferenciado en el campo de la Ética filosófica contemporánea. Si quisiéramos ser analíticos, al abrir estas capas de cebolla de la “ética judicial”, podríamos identificar cinco niveles de análisis que pueden ser objeto de un tratamiento sistemático relativamente independiente: 1) el nivel de los principios fundamentales de una ética mínima, que son universalmente válidos para toda acción humana; 2) los lineamientos de una ética aplicada a las profesiones sociales en general; la ética profesional es una sección importante dentro del campo de una ética de la responsabilidad; 3) los criterios normativos de una ética de la función pública, que son comunes para los tres poderes del Estado, y que forman parte del campo de la ética política; 4) la dimensión ética del derecho, que debe orientar la práctica de las profesiones jurídicas, y 5) el núcleo de la cebolla está formado por el ethos de los jueces, cuyos contenidos diseñan en cierto modo un modelo ideal de personalidad moral, la forma de ser, o los valores que cada sociedad espera ver reflejados en sus jueces y, recíprocamente, el tipo de persona que los jueces en cuanto tales desean ser, o cómo ellos desean ser vistos por la comunidad.

...  año 2004
Enlace:http://www.corteidh.or.cr/tablas/23356.pdf

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