RESPONSABILIDADES DERIVADAS DEL PROCESO

Para conseguir una justicia con equidad, que cumpla las expectativas de los justiciables, su ejecución debe ser garantista e independiente, con iguales posibilidades de actuar y contradecir. Sin embargo, la partes, abogados, terceros, jueces y auxiliares pueden realizar conductas antijurídicas. Esta materia tiene como objeto estudiar estos aspectos procesales, así como los procedimientos sancionatorios por tales actuaciones.

miércoles, 25 de septiembre de 2013


EL DEBIDO PROCESO Y LA BUENA FE 
Oswaldo Alfredo Gozaini











































Publicado por Bello Castillo en 11:41
Enviar por correo electrónicoEscribe un blogCompartir en XCompartir con FacebookCompartir en Pinterest

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entrada más reciente Entrada antigua Inicio
Suscribirse a: Enviar comentarios (Atom)

Archivo del blog

  • ►  2023 (5)
    • ►  septiembre (5)
  • ►  2016 (56)
    • ►  junio (2)
    • ►  mayo (15)
    • ►  abril (5)
    • ►  marzo (34)
  • ►  2015 (75)
    • ►  diciembre (2)
    • ►  noviembre (13)
    • ►  octubre (21)
    • ►  septiembre (23)
    • ►  agosto (1)
    • ►  junio (14)
    • ►  mayo (1)
  • ▼  2013 (93)
    • ►  noviembre (32)
    • ►  octubre (47)
    • ▼  septiembre (12)
      • Gaceta Oficial Nº  39.522 de 1º de octubre de 20...
      • EL DEBIDO PROCESO Y LA BUENA FE  Oswaldo Alfre...
      • Gaceta Oficial Nº  39.522 de 1º de octubre de 20...
      • LEY ORGANICA   TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA 01...
      • SALA CONSTITUCIONAL: LIMITACIÓN POR LA CUANT...
      • ASPECTOS DEL DEBIDO PROCESO TSJ DECISIONES    Re...
      • LA BUENA FE EN EL PROCESO CAUTELAR   El princi...
      • Venezuela, 9 de septiembre de 2013
      • EL DEBIDO PROCESO COMO GARANTIA A LA TUTELA JUD...
      • EL ABUSO DE DERECHO CONSECUENCIAS EN EL PROCEDIM...
      • EL DEBER JURIDICO DE DECIR LA VERDAD,  LA MORALI...
    • ►  agosto (2)
  • ►  2012 (10)
    • ►  junio (8)
    • ►  mayo (1)
    • ►  abril (1)

Buscar este blog

Páginas

  • Página principal

Translate

Datos personales

Mi foto
Bello Castillo
El Despacho Bello Castillo inició sus actividades a comienzos de 1980, en el centro de la ciudad de Caracas donde la mayoría de los grandes bufetes de Abogados todavía hacían actividades profesionales en virtud de la cercanía a los Tribunales de Justicia. De esta manera comenzó a desarrollarse en las áreas del Derecho Civil y Mercantil, especialmente Títulos Valores, Sociedades Anónimas, Instituciones Financieras, Banca y Compañías de Seguros y en el área inmobiliaria. Por su parte, su fundadora, Dra. Marilú Bello Castillo, en esa misma fecha iniciaba sus actividades académicas como docente en la Universidad Santa Maria en las cátedras de Derecho Constitucional, Derecho Civil I, Contratos, Seguros, y a su vez como alumna del Doctorado en Ciencias Jurídicas, mención Derecho Civil y Mercantil. Culminado los estudios Doctorales, siguió estudios de postgrado en la Universidad Católica Andrés Bello en las especializaciones de Instituciones Financieras, Derecho Civil y Mercantil, área Contratos y área Sociedades Mercantiles las cuales culminó de manera exitosa. Seguidamente concluye su especialización en Derecho Procesal en la UCAB, con mención cum laude y publicación.
Ver todo mi perfil

Vistas de página en total

MARILU BELLO CASTILLO. Tema Filigrana. Con la tecnología de Blogger.